Eventos, Convocatorias y Boletines de la Comisión de Energía
Ahorro en el Horario Punta con Sistemas de Baterías de Iones de Litio
Ing. Alfredo Aguilar Galván, Ing. Francisco Alejandro Adame Gonzalez
Ingeniería Energética Integral y Comisión de Energía INDUSTRIALES MX
Este tipo de proyecto es aplicable para las empresas que facturen el pago de su electricidad por horarios.
El precio de la electricidad esta determinado tanto por la demanda eléctrica que se demande en sus valores máximos (Capacidad y Distribución), como por el consumo de energía por horarios. Para industrias que laboren 24 horas, resulta complicado administrar su operación para disminuir demanda eléctrica en el horario Punta.
En consecuencia, en el pago de su recibo eléctrico el horario punta (de 20 a 22 horas en verano y de 18 a 22 horas en invierno) representa el 35% del costo mensual de electricidad.
El desarrollo tecnológico de la eficiencia energética permite en la actualidad contar con Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica que utilizan baterías de Iones de Litio capaces de entregar la potencia eléctrica suficiente como para sustituir al suministrador eléctrico durante el Horario Punta.
ULTIMAS DISPOSICIONES OFICIALES 2022
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CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE RED, RIESGOS Y OPORTUNIDADES PARA LA INDUSTRIA
El Código de Red es la regulación técnica emitida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) el 8 de abril de 2016, que contiene los requerimientos técnicos mínimos necesarios para asegurar el desarrollo eficiente de todos los procesos asociados con el Sistema Eléctrico Nacional, del cual, tú industria forma parte; y que entra en vigor el 8 de Abril de 2019.
Como consecuencia de la Reforma Energética, en la actualidad existen diferentes generadores de energía eléctrica, que utilizan diversas tecnologías para generar electricidad y venderla al mercado eléctrico. Las industrias y grandes consumidores (denominados Centros de Carga) pueden comprar la electricidad tanto a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) como a otra empresa, sí es que más les conviene.
El Código de Red resulta de la Reforma Energética, al existir empresas generadoras de electricidad con múltiples opciones de producción (Termoeléctricas, ciclo combinado, cogeneración, eólica, solar, hidráulica, biogás, etc), que transmiten su energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y grandes consumidores que pueden optar por la alternativa que gusten.
El Código de Red establece las reglas del juego, las condiciones de interconexión que deben cumplir tanto los generadores como los centros de carga, entre ellos las Industrias que integran la Asociación de Industriales por México.
El objetivo es que cualquier entidad relacionada con el sistema eléctrico nacional en su operación no afecte negativamente los niveles de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y sustentabilidad del SEN.
Se trata de evitar que por alguna contingencia en cualquier punto del SEN, la afectación se extienda al resto de la comunidad, el municipio, el estado la región o el país. Por ello el Código de Red es muy estricto para los generadores y también los Centro de Carga, el Código de Red se impone para evitar apagones, locales o extendidos.
También pretende que cada centro de carga controle la calidad de su energía, evitando afectaciones eléctricas a sus vecinos y a la red eléctrica donde se comparte su alimentación eléctrica.
Para la Comisión de Energía de INDUSTRIALES MX es importante compartir con el sector industrial el contenido del "ANÁLISIS DE SU RECIBO ELECTRÓNICO" e impulsar la aplicación de medidas de prevención a fin de evitar posibles multas por incumpliendo, por lo que es conveniente para nosotros mandar información actualizada.
CENTROS DE CARGA: Dentro del Código de Red, las industrias son identificadas como Centros de Carga para ellas se imponen criterios de interconexión que desde el 8 de abril del 2016 debieran de haberse previsto.
Sobresalen los siguientes:
Para la Comisión de energía de INDUSTRIALES MX es importante compartir con el sector industrial el contenido del Código de Red e impulsar la aplicación de medidas de prevención a fin de evitar posibles multas por incumpliendo, por lo que es conveniente que cada empresa elabore ya su programa de acción para atención de este importante tema.
Deberán cumplir el código de red emitido por la CRE el 8 de abril.
En caso de nuevas instalaciones, deberán realizar el procedimiento con CENACE establecido en los criterios de interconexión / conexión.
En caso de ampliaciones o modificaciones importantes, tambien deberán pasar por le proceso indicado en los criterios de interconexión / conexión.
Proyectos de cogeneración deberan registrase con la CRE (Comisión Reguladora de Energía), el tipo de registro sera decisivo para determinar la forma de obtener los ahorros, la infraestructura requerida y el proceso a seguir.
FUNDAMENTO JURÍDICO Y ANEXOS DE REFERENCIA