¿PORQUÉ ES OBLIGATORIO CONTAR CON DICTAMEN ESTRUCTURAL EN LAS EMPRESAS?
Además de lo anterior, un dictamen estructural es un requisito de la Norma Técnica de Protección Civil para cumplir con los lineamientos del Programa Interno y Específico de Protección Civil, evitando con ello multas y sanciones.
¿Qué es un D.R.O.?
Son las siglas para Director Responsable de Obra, el cual es un profesionista especializado en el área de la construcción (arquitecto, ingeniero, etc.) con título profesional y la experiencia necesaria para elaborar dictámenes estructurales.
El D.R.O. debe de contar con registro vigente ante el municipio en el que se requiere la elaboración del dictamen estructural, el cual se renueva año con año para poder ser presentado.
¿Cuándo aplica un dictamen estructural?
Puede aplicar si el inmueble cuenta con las siguientes características:
¿Cuánto tiempo de vigencia tiene un dictamen estructural?
El dictamen estructural tiene una vigencia máxima de 5 años, sin embargo, hay condiciones en las que este puede dejar de ser vigente, como las siguientes:
¿QUÉ CONDICIONES DEBE CUMPLIR EL DICTAMEN ESTRUCTURAL?
En su caso, dictamen de seguridad estructural del inmueble deberá de contemplar:
¿Qué es un dictamen eléctrico?
El dictamen eléctrico es un instrumento utilizado para presentar como resultado, por medio de una inspección visual y/o técnica, el estado en el que se encuentran las instalaciones eléctricas dentro del inmueble, y emitir el dictamen conforme a la revisión realizada, si la instalación cumple con los requisitos de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables según su giro comercial.
El dictamen eléctrico para el cumplimiento con Protección civil puede ser realizado por una Unidad Verificadora de Instalaciones eléctricas UVIE bajo la NOM-001-SEDE-2018
La importancia del dictamen eléctrico corresponde a verificar el estado de las instalaciones eléctricas, ya que deberán de cumplir con la normatividad vigente, además de brindar seguridad para su utilización y así prevenir de incendios y salvaguardar la vida y bienes de aquellos que ocupen el inmueble.
¿SABES CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ALERTA y ALARMA ?
Alerta: Te dará 50 segundos de ventaja para evacuar o resguardarte en una zona de menor riesgo antes de que el movimiento sea perceptible, estás señal es emitida por los radioreceptores del Sistema de Alerta Sísmica y a través de los altavoces instalados en las cámaras de vigilancia de la Ciudad de México.
Alarma: Es un aviso implementado en un inmueble(silbatos, chicharras, altavoces, etc.), el cual es activado por una persona cuando el sismo ya es perceptible.
Su finalidad es indicar a las personas que deben seguir un procedimiento de actuación en caso de emergencia.
¿PORQUÉ ES OBLIGATORIO CONTAR CON ALERTA SÍSMICA EN LAS EMPRESAS?
Las escuelas, hospitales, empresas, industrias, centros religiosos, establecimientos mercantiles o de servicios con concentración masiva de personas, unidades multifamiliares, condominios y todos aquellos generadores de mediano y alto riesgo que cuenten con cobertura, deberán instalar un equipo de alertamiento temprano que reciba entre otras, la señal oficial de la Alerta Sísmica Mexicana y emita el sonido oficialmente reconocido.
FUNDAMENTO JURÍDICO:
CIUDAD DE MÉXICO: NUEVA LEY GACETA OFICIAL LEY INTEGRAL
ESTADO DE MÉXICO: DECRETO 56 GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
¿CÓMO FUNCIONA UNA ALERTA SÍSMICA?
1. Detección
Registro del sismo por del SASMEX
2. Recepción
Recepción de la señal de alerta vía VHF en el equipo Alertándote y activación del sonido de alerta sísmica.
3. Redundancia
En caso de que el equipo Alertándote no tenga recepción via radio al momento del evento, el sistema recibira la alerta via internet.
ESTAS SON LAS CONDICIONES PARA QUE SUENE LA ALERTA SÍSMICA:
AL ADQUIRIR UN DISPOSITIVO ¿QUE CONDICIONES DEBE CUMPLIR LA ALERTA SÍSMICA?
¿Deseas contactar a un proveedor autorizado? envía un correo a: direccion@gcdindustrial.com.mx
WhatsApp a: 5564130332
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