DISPOSICIONES LABORALES Y SANITARIAS EN EMPRESAS ACTIVAS ANTE COVID-19

Estrategia reapertura de actividades propuesta por el gobierno federal.

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Estrategia reapertura de actividades para la CDMX

 

Plan Regreso Seguro EdoMëx

 


  • El Gobierno de México decretó este lunes la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor ante la epidemia del nuevo COVID-19 en el país, medida que será aplicada hasta el 30 de mayo.
  • La determinación, tomada por el Consejo de Salubridad General, implica que la Secretaría de Salud definirá las acciones que deba corresponder a las demás autoridades de los tres órdenes de gobierno para hacer frente a la epidemia.
  • Por lo anterior, se decreto el cierre de unidades económicas determinadas como actividad no esenciales, mismas que se citan en el acuerdo anexo, así como las disposiciones sanitarias que se llevaran a cabo en particular por la dependencia estatal de salud y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social STPS, estarán realizando inspecciones a los centros de trabajo para verificar las medidas de salud, seguridad, higiene y salariales ante la emergencia sanitaria COVID-19.

Aspectos a considerar:

  • El inspector tendrá la autoridad de aplicar multas, sanciones y cerrar la empresa
  • Deben considerar que pueden existir denuncias anónimas que inicien un proceso de inspección, por lo que es muy importante que puedan demostrar que tienen una actividad esencial y siguen todas las recomendaciones sanitarias para procurar la salud de los colaboradores. 
  • Les recomendamos ser muy claros con la comunicación con sus colaboradores, clientes y proveedores, ya que los inspectores podrán tener diálogo con los trabajadores para confirmar información.

 

¿Qué documentación y puntos en el centro de trabajo debes tener en cuenta con la STPS?

  • Acta constitutiva, actividad económica del SCIAN, esquema de seguridad, prima de riesgo, número de registro patronal, RFC, dimensiones del establecimiento, giro, número de trabajadores, sindicato, tipo de contrato que tiene, capital contable y proceso productivo (mostrar el producto o servicio que esta de acuerdo a lo publicado en el DOF el 30 de marzo) que justifique la actividad esencial y/o se relaciona a la cadena de suministros y esta a su vez los podrá reforzar a través de contratos, cartas de requerimiento de clientes o gobierno, en caso de que sus cartas estén en Inglés, deberá traducirlas.
  • No trate de encajar su actividad sino corresponde, la salud de sus colaboradores y sus familias son más importantes. 

 

Puntos a considerar para el cumplimiento de la inspección sanitaria por motivo del COVID-19:

  • Control de accesos a través de la toma de temperatura
  • No contar con personal laborando que forman parte de los grupos vulnerables y en riesgo de contagio, que deben ser enviados a descansar de acuerdo a la declaratoria de emergencia sanitaria.
  • La Sana Distancia se extiende a 2.25 metros, siguen suspendidas las actividades no esenciales y será causa de suspensión y/o sanción el tener laborando a personal perteneciente a los grupos de riesgo
  • Aviso de Funcionamiento Sanitario del inmueble (Productos y servicios)
  • En caso de contar con comedor propio (Aviso de Funcionamiento Sanitario del comedor)
  • En caso de contar con consultorio médico (Aviso de Funcionamiento del responsable sanitario)
  • Cubrebocas obligatorio dentro y fuera del centro de trabajo 

  • Plan de emergencia y/o contingencia actualizado para COVID-19

  • Equipo de protección personal (Cubrebocas, lentes de seguridad, guantes) de acuerdo a su actividad laboral.

  • Dispensadores suficientes, abastecidos de gel antibacterial, líquido desinfectante y jabón para lavar manos en áreas de trabajo, baños y comedor.

  • Bitácora de desinfección de las instalaciones.

  • Bitácora de limpieza de baños y puntos de contacto del centro de trabajo.

Considerar alcances de la inspección en caso de contener puntos de revisión ordinaria:Botiquín de primeros auxilios

  • Exámenes médicos fisiológicos de los trabajadores
  • Almacenaje, manejo y disposición de residuos (Autorización de Semarnat como generador de residuos, en caso de aplicar)
  • Almacenamiento de sustancias químicas y equipo anti derrame
  • Diques de contención
  • Etiquetado e identificación de sustancias
  • Señalamientos de seguridad
  • Plan epidemiológico
  • Equipos de emergencia
  • Identificación de tuberías
  • Delimitar áreas de trabajo
  • Señalamientos de Higiene
  • Señalamientos de límites máximos de estiba y peso máximo
  • Insumos de higiene personal en baños y vestidores
  • Control de plagas
  • Botes y depósitos de basura que cuenten con tapa
  • Condiciones generales de seguridad del centro de trabajo
  • Estudios de descarga de agua residual
  • Evidencia ocupacional de actividades de capacitación en materia de salud o seguridad

Puntos adicionales a considerar durante la revisión:

  • Verificación de la conservación, buen aseo y mantenimiento de utensilios y equipos.
  • Saneamiento Básico
  • Verificar que el establecimiento disponga de instalaciones sanitarias adecuadas que aseguren la higiene en el desarrollo de actividades y el proceso de los productos que se manejan.
  • Verificar vestimenta y protección a los trabajadores
  • En caso de contar con maquinaria, aparato o equipo que produzca humo, gas, vapor o cualquier otra sustancia proveniente de la combustión o actividad que se realice en el establecimiento, constatar que cuente con dispositivos para su captación y control.
  • Constatar que cuente con criterios de buenas prácticas de higiene en materia de prevención y control de la fauna nociva.
  • Verificar el almacenamiento de materias primas (sustancias químicas)
  • Verificar el manejo y disposición final de residuos
  • Realizar orientación sanitaria y tomar evidencia fotográficas de cada una de las omisiones e incumplimientos que se hayan observado en la diligencia.

SANCIONES: 

Clausura inmediata y multas de 10,000 a 16,000 UMAS dependiendo las omisiones o incumplimientos. (ART. 416 - 427 Ley General de Salud) o dependiendo de la entidad.


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